Artículo 507
Código General del Proceso · Aprobado por Ley N.º 15.982 de 1988
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Ejecución.-
La ejecución del laudo dictado se regirá por lo dispuesto en el artículo 498. (*)
Código General del Proceso · Aprobado por Ley N.º 15.982 de 1988
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Ejecución.-
La ejecución del laudo dictado se regirá por lo dispuesto en el artículo 498. (*)