Artículo 257
Constitución de la República · Texto de 1967 con las reformas plebiscitadas
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
A la Suprema Corte de Justicia le compete el conocimiento y la resolución originaria y exclusiva en la materia; y deberá pronunciarse con los requisitos de las sentencias definitivas. (*)
Notas
- Ver en esta norma, artículo: 260.
- Ver: Disposiciones Transitorias y Especiales de la Constitución de la.
- República letra V').