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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 7

Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo · Decreto-Ley N.º 15.524 de 1984

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(*)

Notas

  • TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 15.524 de 09/01/1984 artículo 7.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Redacción vigente

(*)

Anterior Texto original Decreto Ley N.º 15.524 · 30/01/1984

Los cargos de miembros del Tribunal son incompatibles con toda otra función pública retribuida, salvo el ejercicio del profesorado en la Enseñanza Pública Superior, en materia jurídica, y con toda otra función pública honoraria permanente, excepto aquéllas especialmente conexas con la suya propia.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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