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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 80 · Objeto de la reintegración

Ley de Proceso Concursal · Ley N.º 18.387 de 2008

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

CAPÍTULO III - REINTEGRACION DE LA MASA ACTIVA

(Objeto de la reintegración).- En el caso de que, a la fecha de declaración del concurso, el pasivo fuera superior al activo susceptible de ejecución forzada, el síndico ejercitará las acciones revocatorias que correspondan para reintegrar a la masa activa los bienes y derechos que hubieran salido del patrimonio del deudor en las situaciones previstas en los artículos siguientes.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 255 (vigencia).

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