Artículo 80
Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) · Ley N.º 18.446 de 2008
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Serán de cargo de Rentas Generales los recursos necesarios para la instalación de la INDDHH hasta tanto resulte aprobado y disponible su presupuesto. El Poder Ejecutivo afectará, como sede de la INDDHH, un inmueble emblemático y simbólico para la naturaleza de la función que desarrollará.