Artículo 16 · Organismos responsables de la coordinación y articulación de la respuesta
Ley de Prevención y Combate de la Trata de Personas · Ley N.º 19.643 de 2018
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
(Organismos responsables de la coordinación y articulación de la respuesta).- La coordinación y articulación de la respuesta estará a cargo de:
A) El Ministerio de Desarrollo Social respecto a varones adultos.
B) El Instituto Nacional de las Mujeres respecto a mujeres adultas.
C) El Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay respecto a niños,
niñas y adolescentes.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social debe articular la respuesta con los organismos antes señalados en situaciones de explotación laboral.
Cuando se trate de personas mayores o en situación de discapacidad, el organismo competente debe articular las acciones con el Programa Nacional de Discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social o con el Instituto Nacional de las Personas Mayores del Ministerio de Desarrollo Social según corresponda.