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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 17 · Medidas de prevención

Ley de Prevención y Combate de la Trata de Personas · Ley N.º 19.643 de 2018

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

CAPÍTULO III - SISTEMA INTERINSTITUCIONAL DE RESPUESTA PARA SITUACIONES DE TRATA Y EXPLOTACIÓN DE PERSONAS

(Medidas de prevención).- Las medidas de prevención deben propender a combatir la demanda de servicios en condiciones de explotación, como principal causa de la trata y la explotación de las personas, así como a informar y concientizar a la población sobre la problemática, la difusión de información engañosa de ofertas laborales y de migración, sus derechos, servicios a disposición y acciones a seguir frente a situaciones que les puedan afectar.

Se deben tener en cuenta los factores de vulnerabilidad a la trata y explotación, tales como:

A) La pobreza, la desigualdad en el acceso a oportunidades y las

exigencias de consumo.

B) El origen étnico racial, teniendo especialmente en cuenta la

discriminación histórica de las personas afrodescendientes.

C) La edad, en particular respecto de niñas, niños y adolescentes.

D) Los estereotipos de género que legitiman y sustentan la

discriminación y violencia contra las mujeres.

E) El hetero-normativismo y la naturalización de la violencia por

prejuicio contra las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans,

intersex.

F) La desprotección de derechos de las y los migrantes irregulares y

los obstáculos que enfrentan para acceder a oportunidades

laborales y a servicios básicos.

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