Artículo 44 · Relevamiento de datos
Ley de Prevención y Combate de la Trata de Personas · Ley N.º 19.643 de 2018
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
(Relevamiento de datos).- La Fiscalía General de la Nación, a través de su sistema de registro de denuncias, debe llevar un relevamiento de las denuncias sobre trata interna e internacional de manera de garantizar datos sistemáticos de la evolución y dimensión de la problemática.
Anualmente debe remitir un informe a la Asamblea General.