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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 387

Ley de Presupuesto Nacional 2025-2029 · Ley N.º 20.446 de 2025

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

Créase el Instituto Nacional de Investigación en Salud y Bienestar (INISaB) como un órgano desconcentrado dependiente del Ministerio de Salud Pública, con autonomía técnica.

La gestión del Instituto Nacional de Investigación en Salud y Bienestar estará a cargo de un Consejo Directivo y de un Director Ejecutivo.

El Consejo Directivo será honorario y estará integrado por:

A) Un representante del Ministerio de Salud Pública (MSP), quien lo

presidirá.

B) Un representante designado por la Universidad de la República

(UdelaR).

C) Un representante por la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología.

D) Un representante del Sistema Nacional Integrado de Salud (SNIS).

E) Un representante de la sociedad civil o de organizaciones de

usuarios.

El Director Ejecutivo asistirá al Consejo, y será designado por concurso de oposición y mérito.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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