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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 45

Ley de Presupuesto Nacional 2025-2029 · Ley N.º 20.446 de 2025

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

El Secretario Nacional de Ciencia y Valorización de Conocimiento tendrá como principales funciones:

A) Desarrollar todas las tareas inherentes a la administración gerencial

de la Secretaría, realizando todos los actos y operaciones necesarios

para dar cumplimiento a sus cometidos.

B) Elaborar los planes de actividades anuales.

C) Representar a la Secretaría en el país y en el exterior.

D) Toda otra función que le sea encomendada por el Poder Ejecutivo.

El Secretario Nacional de Ciencia y Valorización de Conocimiento participará de las reuniones del Consejo Estratégico Ministerial del Programa Uruguay Innova, en las que actuará con voz y sin voto. (*)

Notas

  • Reglamentado por: Decreto Nº 57/026 de 19/03/2026. Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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