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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 547

Código General del Proceso · Aprobado por Ley N.º 15.982 de 1988

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Vigencia.-

Este Código entrará en vigencia el 20 de noviembre de 1989. (*)

Notas

  • Redacción dada por: Ley Nº 16.053 de 20/07/1989 artículo 1.
  • TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 15.982 de 18/10/1988 artículo 547.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Ley N.º 16.053 · 20/07/1989

Vigencia.-

Este Código entrará en vigencia el 20 de noviembre de 1989. (*)

Anterior Texto original Norma · 18/10/1988

Vigencia.- Este código entrará en vigencia el 1º de febrero o el 21 de julio más próximo luego de transcurridos ciento veinte días de su promulgación y será aplicable a los procesos que se inicien a partir de la que corresponda de aquellas fechas, salvo lo dispuesto en las disposiciones siguientes.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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