Artículo 95
Código de Minería · Aprobado por Decreto-Ley N.º 15.242 de 1982
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
El permiso de exploración habilita al titular para realizar, en exclusividad, sobre el área amparada todas las labores que requieran el estudio y evaluación del yacimiento.
Durante el plazo del permiso, sólo el titular podrá solicitar concesión para explotar sobre el área y sustancias minerales comprendidas en el permiso de exploración, acreditando los extremos exigidos para el otorgamiento del título. (*)